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“LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES ES UN DELITO… Y LOS DELITOS SE CASTIGAN”.

El día miércoles 7 de Octubre a las 10:35 a.m. se realizó la Audiencia Inicial en contra del Sr. Francisco José Vanegas, ex profesor de la UNAN-León y ex Vice-Secretario Dptal. del FSLN en León, por el delito de Abuso Sexual en contra de una joven universitaria de la UNAN-León. Dicha Audiencia, se realizó en el juzgado especial de Violencia a cargo del Juez Lic. Harold Leal, con la presencia del acusado Francisco Vanegas y su abogado defensor; Lic. Claudio Berrios Reyes, ex juez del segundo distrito de lo civil de León, quien fue destituido por la Corte Suprema de Justicia en años anteriores.

La víctima estuvo presente con su mamá, la fiscal auxiliar Lic. María Luisa Treminio, y contó con el acompañamiento solidario de mujeres y hombres de diferentes redes, centros y organizaciones que trabajan por los Derechos Humanos de Las Mujeres y víctimas de violencia.

La audiencia consistió en responder a la solicitud realizada por la fiscal Mª. Luisa Treminio, la cual introdujo desde el pasado 26 de Octubre, donde pide el cambio de juzgado, ya que el hecho ocurrió antes del 22 de junio, fecha en que entró en vigencia la nueva Ley 779, por lo tanto, técnicamente no corresponde a este juzgado realizar el proceso.

 

El planteamiento de la Fiscal Mª. Luisa Treminio, fue recibido con sorpresa y malestar de parte de la víctima, su mamá y los/as presentes solidarias/os con la joven, sabiendo que es una solicitud correcta, este hecho se suma a la actitud de negligencia y tardanza demostrada por el Ministerio Público, contribuyendo a la retardación de justicia a la que ha sido sometida la joven por las diferentes instituciones del Estado que se han visto involucradas.

El juez Harold Leal, resolvió aceptar la solicitud de la Fiscal Treminio, declarándose   incompetente de la presente causa. Refiriendo que “la víctima expresa; por qué hasta este momento se ha presentado dicha petición, esta situación debe ser de reflexión para todos los involucrados del sistema de justicia, ya que la presente causa estaba para el 3 de Octubre y a solicitud del ciudadano acusado, quien refirió problemas de salud, se accedió a la reprogramación, tanto derecho tiene el acusado, como igual de derecho tiene la victima… el plazo de un proceso no va solamente afectando al acusado, sino a la víctima”. Además de hacer una extensa alusión a los diferentes tratados, convenciones y Ley 779 contra la Violencia hacia las Mujeres, que indican la celeridad, igualdad, protección, garantías y la debida diligencia del Estado, todo con perspectiva de género.

El juez Leal ordenó que el caso sea remitido a la Oficina de Recepción y Distribución de Causas y Escritos (ORDISE), a fin de que le sea asignado el juez de Distrito de audiencia, “dejando claro que esta resolución, no está relacionada al fondo de la causa, sino es meramente procedimental”.

 

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